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Matrimonio Civil en el Ayuntamiento de Pinto

Revisado: 27/10/2009

  • Unidad Administrativa Responsable: Departamento de Relaciones Institucionales.
  • Requisitos: Al menos uno de los dos contrayentes debe estar empadronado en el municipio o tener relación con el municipio (trabajar en el municipio, haber residido en el municipio, tener familia directa residiendo en el municipio).
    Comprometerse a formalizar la documentación correspondiente para el matrimonio, en el Juzgado que corresponda según su domicilio. Esta tramitación puede llevar aproximadamente 3 a 6 meses.
  • Reserva de fecha: . De forma presencial o telefonicamente en el tlf. 91 248 37 00 Ext 3250.
  • Documentación a presentar: Para la formalización de la fecha de la ceremonia en el Ilmo. Ayuntamiento de Pinto deberá presentarse en el Registro Municipal:
    - Solicitud de celebración de Matrimonio civil (está a su disposición en el departamento de Relaciones Institucionales).
    - Justificante bancario de abono del importe de la tasa de 120 euros (la liquidación se emite en el departamento de Rentas). El importe de la tasa está regulada por la ORDENANZA REGULADURA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES.
  • Formas de Solicitud: De forma presencial en el departamento de Relaciones Institucionales del Ayuntamiento de Pinto.

    Fichero adjunto 1: Contenido del acto, información adicional
    Fichero adjunto 2: Foto del salón de plenos

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